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El crédito documentario (o carta de crédito) es un compromiso irrevocable emitido por una Entidad Financiera, actuando por cuenta del comprador (el Ordenante), de pagar al Beneficiario el importe indicado en los instrumentos de giro y/o documentos siempre y cuando se cumplan los términos y condiciones del mismo.
Cajasur, siguiendo instrucciones de su cliente, garantiza el pago al proveedor siempre que la documentación presentada esté de acuerdo con las condiciones establecidas en el crédito, con independencia de que en ese momento el cliente tenga saldo o no.
Cajasur avisa a sus clientes de los créditos abiertos a su favor por otras entidades financieras, gestionando la negociación y cobro de los documentos presentados en su utilización. Según las instrucciones recibidas, Cajasur podría añadir su garantía adicional al cobro (confirmación).
Las instrucciones relativas a la documentación deben ser muy precisas:
Debe especificarse todos los documentos a presentar.
No debe haber ninguna discrepancia entre los documentos con el condicionado del crédito ni entre los documentos entre sí.
Cualquier reserva en este sentido puede llevar al banco emisor a no proceder al pago, perdiéndose la garantía de cobro.